Legislación de facto

Resulta curioso cómo distintos procesos van reemplazando a la voluntad popular en los países democráticos. Desde que existe el legislador como concepto y como realidad histórica es conocido que los hechos son generalmente más tozudos que las leyes, y que legislar contra la costumbre es una idea aventurada y por lo general inútil.

Pero en este post no intento referirme a fenómenos que la tradición jurídica conoce tan bien, sino a cuestiones algo más novedosas y con efecto sociales y políticos más delicados.

El primero es esta pretensión tan menemista de adaptar la legislación nacional por la vía de suscribir tratados internacionales que introducen reformas legislativas enteras por la ventana. Los intentos de suscribir el ALCA, por ejemplo, omiten decir que algunas de sus normas solapan, modifican o reemplazan de hecho disposiciones constitucionales, pero no hemos escuchado a ninguno de los defensores de este tratado sugiriendo la realización de una Convención Constituyente que se haga cargo de las reformas necesarias. Es que el objetivo es que no se necesite acudir a una molesta elección de convencionales que una vez electos quizás no tengan ninguna intención de adaptar la Carta Magna en ese sentido. Los militantes del ALCA sueñan con una reforma constitucional de facto vía la firma de un convenio multilateral de estas características, a la medida de intereses corporativos.

Otra forma aún más curiosa y delicada, porque es más imperceptible, va por la vía de desarrollos tecnológicos que limitan el control de sus usuarios sobre esa misma tecnología.

Dos casos interesantes: atractivos precios internacionales más la falta de una política orientadora más una eficaz campaña publicitaria ha inundado nuestros campos con soja. El fin de semana hice un trayecto de algo más de setecientos kilómetros desde Córdoba hasta Capital Federal, y no vi otra cosa en los campos que soja, con la solitaria excepción de un pequeño cuadro de maíz. No voy a hacer mención al riesgo ambiental y productivo que esto supone, para eso hay sitios especializados de primer nivel. Me interesa contar otra parte de la misma historia. Resulta que poco después de la introducción en Argentina de especies transgénicas (esto significa no sólo semillas modificadas, sino además con dueño), muchos productores comenzaron a vender clandestinamente (sin permiso del dueño), semillas a otros campos y a otros países.

En este punto cualquiera habrá notado que los conceptos comienzan a marearse: ¿Esos productores no habían comprado las semillas? Y si las habían comprado, ¿no eran los dueños? ¿Cómo es que hay un dueño que vende pero no cede la propiedad? Es que la profundización ridícula de los regímenes de propiedad intelectual provoca estos desaguisados. El dueño de la patente lo que vende es un lote determinado de semillas y al mismo tiempo el permiso de usar esas semillas exclusivamente en las condiciones que fija el dueño de la patente, que entre otras cosas suele limitar la utilización de semillas de segunda generación (eso que se hace desde la invención de la agricultura que consiste en guardar parte de la cosecha para poder resembrar).

Primero se hizo el distraído, pero luego de algún tiempo, el dueño de la patente puso el grito en el cielo y amenazó con pleitos judiciales, embargos internacionales y tres o cuatro de las siete plagas de egipto. Ahí andan aún negociando indemnizaciones pese a que en la legislación argentina las patentes sobre semillas no son aceptadas.

Mientras estas cosas pasan, reformas legislativas payasescas se van negociando por los parlamentos del mundo: una en particular que indica que se prohibe guardar parte de la cosecha para la próxima siembra. Con toda claridad y franqueza, los parlamentos que van cediendo le dicen al mundo que ya no legislan más para el bien común. Por suerte, hay legislaturas que por convicción o por estar demasiado expuestas a la opinión pública, resisten.

El dueño de la patente se encuentra con que no consigue leyes para reforzar su exigencia leonina que obliga al productor a comprar aunque no necesite, y decide una vía más expeditiva: desarrolla una nueva semilla de soja, bautizada de manera no inocente “Terminator“, que genera semillas estériles. Conclusión: si los gobiernos no prohiben a los productores la posibilidad de resembrar, entonces pronto tendrán una prohibición de facto pues las nuevas plantas no podrán reproducirse. Pero lo más impresionante es la presentación publicitaria, que señala que esta nueva soja será sensacional pues evitará la posibilidad de que los campos vecinos se contaminen con soja transgénica cuyo uso no ha sido aprobado por el dueño de la patente, evitando futuros juicios por utilización indebida de esas semillas. Nos venden la enfermedad y luego el remedio.

Otro caso curioso y actual es el de la informática. La gestión digital de derechos (en inglés, Digital Rights Management, DRM) es un intento descarado de operar a control remoto nuestras propias computadoras para garantizar las pretensiones más afiebradas de las empresas de contenidos (discográficas, grandes editoriales, incluso productores de software), pretensiones que no logran convertir en leyes tal como prescribe el proceso legislativo -o por lo menos, que no logran cristalizar al ritmo de vértigo que desean, los parlamentos en general han sido muy permeables a estas pretensiones.

Para decirlo en dos palabras, aunque es algo más complejo, lo que se quiere prohibir es toda posibilidad de compartir o copiar contenidos. Para ello han desatado una campaña de amenazas y mentiras por el mundo que sitúa a cada niño con una computadora en el lugar de un peligroso delincuente. Sin embargo, como las leyes no encarcelan aún a quien comparte una canción o un libro, han inventado el DRM. Quizás usted quiera leer un libro electrónico. Quizás se encuentre con que sólo tiene permiso para leerlo una limitada cantidad de veces, y copiar y pegar no más de unas pocas palabras aún cuando se trate de apuntes privados. Quizás se encuentre con que no puede guardar el archivo en otro disco. Nada de esto está reglamentado por ley, pero la tecnología lo reglamenta de hecho.

Hace un par de días se difundió que al usar el programa de intercambio de archivos Kazaa aparece sorpresivamente una ventanita que indica que al estar usando ese programa para compartir archivos MP3 usted probablemente esté cometiendo delitos. (Aviso gratuito, use cualquier otro programa de P2P menos el Kazaa que es una fábrica de spyware y adware). Esto significa que alguien sin su permiso instala un programa en su disco rígido para avisarle que usted quizás sea un delincuente… la pregunta obvia es quién de los dos merece esa calificación, si usted o el dueño del cartelito.

Pero esto es un juego de niños comparado con los dispositivos DRM. Más cerca está la Sony, que en sus nuevos CD anticopia, instala de prepo un reproductor de cd, toca recursos del sistema sin aviso, verifica a cada rato qué programas se están ejecutando en su compu e impide la copia del cd a otro dispositivo. Una belleza por donde se mire. Recuerde: usted no usa su computadora, la computadora es usada para controlarlo a usted.

Y la frutilla del postre viene con crema y todo: otra vez, la culpa es suya. Como hay tantos delincuentes en internet y no queremos hacerle un juicio, dicen los publicistas de esta tecnología, usted necesita una super compu con DRM que sirve para que le actualicemos los programas, le quitemos los virus y le impidamos hacer nada que no deba hacer. Todo ello a distancia, todo ello sin avisar al usuario.

Las elecciones a cargos legislativos despiertan cada vez menos interés. Quizás estos sean algunos de los motivos.

6 comentarios en “Legislación de facto

  1. Muy buen artículo, Pato!

    ¿Probaste de mandarlo para distintos medios?

    Capás que te lo publican… Insisto… ¡está muy bueno!

  2. Muy acertada la forma en que se entrelazan las ideas. El artículo teje una tela de araña que te atrapa y te conduce al punto justo que el autor busca y una vez ahí, no tienes más opción que asentir y darle la razón. Muy clara la postura que se defiende. Evidentemente, porqué tal vez es la única defendible. La postura contraria recuerda aquel dicho ilustrado: “Todo para el pueblo, pero sin el pueblo”

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